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El Supremo absuelve a dos colaboradoras de ETA condenadas a 7 años de cárcel por no haber prueba suficiente

El Tribunal Supremo ha absuelto a Eider Zurriarain Mendiguren y a Euri Albizu Tellería del delito de colaboración con organización terrorista por el que fueron condenadas hace un año por la Audiencia Nacional a siete años y media de prisión, por considerar insuficiente la prueba de cargo

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El Tribunal Supremo ha absuelto a Eider Zurriarain Mendiguren y a Euri Albizu Tellería del delito de colaboración con organización terrorista por el que fueron condenadas hace un año por la Audiencia Nacional a siete años y media de prisión, por considerar insuficiente la prueba de cargo que existía contra ellas. Se trataba de declaraciones policiales que después no fueron corroboradas.

   Las dos mujeres fueron condenadas junto con dos integrantes de la banda, Xavier Atristain e Ibai Beobide en abril del pasado año, la primera por ocultar durante unas semanas de 2009 a este último en su domicilio y hacer de "lanzadera" con su vehículo hasta Burdeos y la segunda por conducir a este etarra hasta Francia.

    El alto tribunal, sin embargo, en una sentencia cuyo ponente ha sido el magistrado José Manuel Maza, concluye que las únicas pruebas disponibles contra ellas consistían en sus propias declaraciones autoinculpatorios ante la policía, de las que se retractaron posteriormente ante el juez instructor y durante el juicio.


   El Supremo reitera que el contenido de estas manifestaciones y las de otros coimputados en la causa, igualmente sin ratificación ulterior y ausentes de cualquier dato objetivo de corroboración, "no puede considerarse como prueba bastante de los hechos" que se les imputan, por lo que estima los recursos de casación y son absueltas.

   La sentencia confirma las penas impuestas al miembro ETA  Xavier Atristain (17 años de prisión), mientras que Beobide (20 años y 5 meses) ni siquiera recurrió su condena.

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