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sociedad

El Supremo se pronunciará hoy sobre el límite a 110 km/h en autopistas

El Tribunal Supremo se pronunciará este martes sobre el recurso planteado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) contra el Real Decreto, dictado por el anterior Gobierno, que redujo durante cuatro meses el año pasado el límite de velocidad en autopistas y autovías a 110 km/h

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  • Autopista. -

El Tribunal Supremo se pronunciará este martes sobre el recurso planteado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) contra el Real Decreto, dictado por el anterior Gobierno, que redujo durante cuatro meses el año pasado el límite de velocidad en autopistas y autovías a 110 km/h, según ha informado la organización de defensa de los conductores.

   El próximo 1 de julio se cumplirá un año desde que el límite de velocidad en autopistas y autovías volviera a los 120 km/h desde los 110 km/h que el anterior Ejecutivo fijó en marzo de 2011 para tratar de reducir la factura energética. Esa decisión, criticada desde el sector de los clubes de automovilistas, motivó dos recursos ante el Supremo, el de AEA y el de Movimiento 140.

   Ahora, el Tribunal Supremo deberá decidir si la norma aprobada en marzo de 2011 por el Gobierno anterior era o no conforme a Derecho, ya que, según ha señalado AEA, mañana está fijada la votación y fallo del recurso planteado por la organización.

   A pesar de que la vigencia de la norma finalizó hace ahora un año, AEA considera que "el objeto del recurso tiene plena actualidad" y no sólo porque, a juicio de esta asociación de automovilistas, no se cumplieron los objetivos del gobierno de reducir la factura energética sino que además se produjo un gasto mucho mayor que el presupuestado por el gobierno en la memoria de elaboración de la norma.

   En este sentido, AEA argumenta que durante los cuatro meses que duró la medida los automovilistas españoles pagaron 1.000 millones de euros más en combustible que en el mismo periodo del año anterior. Igualmente, AEA ha señalado que la reducción del límite de velocidad tuvo "graves consecuencias" en las empresas concesionarias de autopistas, que por la aplicación de la norma "tuvieron una importante pérdida de clientes".

   Además, en su recurso AEA señala que la aplicación del Real Decreto impugnado ha tenido "especial transcendencia" en el ámbito del derecho penal, ya que al reducir el límite de velocidad, el Gobierno pudo haber afectado la aplicación del Código Penal, de modo que si antes era delito ir a más de 200 km/h, tras la reducción lo fue conducir a más de 190 km/h.

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