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Sevilla

Condenado a 12 años de cárcel por intentar asesinar a cuchilladas a un conocido al que debía dinero

La víctima logró revolverse y hacer frente al condenado y, pese a sus heridas, entregó en persona al agresor en una sede policial

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 12 años de cárcel impuesta a un hombre acusado de intentar asesinar a cuchilladas en 2012 a un conocido al que debía dinero en una vivienda de Mairena del Alcor (Sevilla), no obstante lo cual la víctima logró hacerle frente, y pese a sus heridas, lo entregó a las autoridades.

   En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza el recurso interpuesto por el acusado, J.C.R.H., contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla que lo condenó a 12 años de cárcel por un delito de asesinato en grado de tentativa y al pago de una indemnización de 7.431,66 euros a favor de la víctima.

   Los hechos tuvieron lugar el 29 de marzo de 2012, cuando el imputado citó en una vivienda de su propiedad situada en Mairena del Alcor a la víctima con la "excusa" de que le abonaría "el dinero que le debía como consecuencia de las relaciones mercantiles que existía entre ellos".

   No obstante, y según la sentencia, J.C.R.H. tenía "un plan preconcebido" para "no abonar su deuda y acabar con la vida de su acreedor". El condenado, merced a dicho plan, "desplegó en el suelo del vestíbulo de la vivienda un plástico de unos cuatro por cuatro por metros cubriendo el mismo, colocándose unos guantes y cogiendo un cuchillo".

   Una vez el afectado acudió a la vivienda según lo acordado, J.C.R.H. "se puso a retirar dos o tres embellecedores de enchufes", como si de reparaciones domésticas se tratase, para que su invitado no "sospechase de sus intenciones reales". El autor de los hechos, según la sentencia, entretuvo al denunciante llevándole de un espacio a otro de la vivienda con la promesa de entregar el dinero adeudado, tras lo cual éste sospechó que J.C.R.H. no contaba con el dinero en cuestión dada su "conducta dilatoria", avisando así de que "se tenía que ir y que si le iba o no a abonar la deuda".

APUÑALADO POR LA ESPALDA

   Finalmente, y siempre según el relato judicial de los hechos, el condenado le habría asegurado que el dinero estaba en la cocina, invitándole a ir hacia esa estancia de la vivienda. En ese momento, al dirigirse el herido a la cocina y seguirle detrás el procesado, éste último aprovechó que estaba situado a la espalda de su invitado y "de forma sorpresiva e inesperada, poco antes de entrar en la cocina, le asestó varias cuchilladas con dicho cuchillo de unos diez centímetros de hoja, con intención de acabar con su vida".

   Pero la víctima logró revolverse y "comenzó un forcejeo con el procesado, recibiendo éste un golpe en la frente" y resultando roto el cuchillo como consecuencia del enfrentamiento. La víctima de la agresión, de hecho, logró hacerse con "otro cuchillo" y con él conminó al imputado a que le llevase a un hospital porque "se estaba desangrando", según relata el auto consultado por Europa Press.

   "El acusado, lejos de prestarle ayuda y socorrerlo o al menos requerir la presencia médica y sanitaria pertinente, lo único que quería era convencer a la víctima para que dijese que les habían atacado, indicando dicho lesionado cómo se iba poniendo nervioso y asustado", expone la sentencia sobre la conducta del procesado.

LA VÍCTIMA ENTREGA A SU AGRESOR

   La situación llegó a un punto, según la sentencia, que la víctima, cuchillo en mano y pese a sus heridas, "decidió conducir el vehículo del procesado y dirigirse hacia el cuartel de la Guardia Civil, pues pensaba que en caso contrario el procesado se iba a escapar". Así, el herido condujo el vehículo propiedad de su agresor hasta la sede policial, donde entregó al acusado.

   El Supremo señala que la declaración de la víctima "fue clara, concisa y persistente en el tiempo, sin fisuras ni contradicciones", mientras que tanto un testigo como la pericial biológicas descartan la participación de un tercero en los hechos, tal y como sostuvo el acusado, que aseguró que "fue un tercero quien entró en el inmueble y atacó por la espalda al denunciante".

   Además, tampoco ha quedado acreditado "elemento alguno que permita aceptar que el acusado haya actuado para reparar el daño producido o haya auxiliado a la víctima tras los hechos, sino todo lo contrario, la propia víctima tuvo que amenazarle con un cuchillo para que le acompañara en el vehículo, que él mismo, a pesar de su deterioro físico, condujo hasta dependencias policiales para impedir su huida".

   A juicio del Supremo, "la pena impuesta es proporcionada y ajustada a las pautas dosimétricas legales y jurisprudenciales", ya que "se halla dentro de los márgenes establecidos en nuestro texto punitivo penal y resulta adecuada a la gravedad" de los hechos descritos.

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