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Málaga

El Supremo revisará la condena a 7 años de prisión impuesta a Del Nido por el 'caso Minutas'

El presidente del Sevilla fue absuelto de delitos societarios, falsedad documental, tráfico de influencias, deslealtad profesional; apropiación indebida y presentación de documento falso de los que le acusaba el Ayuntamiento

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  • Del Nido. -

El Tribunal Supremo (TS) revisará el 18 de septiembre la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga que condenó al abogado y presidente del Sevilla F.C., José María del Nido, y al exalcalde marbellí Julián Muñoz a siete años y medio de cárcel y 15 años de inhabilitación absoluta por el denominado caso 'Minutas', en el que se investigaron irregularidades en los encargos jurídicos del Ayuntamiento marbellí.

   El alto tribunal deliberará a puerta cerrada para dictar posteriormente una sentencia de la que será ponente el magistrado José Ramón Soriano, según informaron fuentes jurídicas. La Sala de lo Penal revisará la resolución que consideró al máximo mandatario del club sevillano y al que fuera edil de Marbella culpables de delitos continuados de fraude, prevaricación y malversación de caudales públicos.

   El presidente del Sevilla fue absuelto de delitos societarios, falsedad documental, tráfico de influencias, deslealtad profesional; apropiación indebida y presentación de documento falso de los que le acusaba el Ayuntamiento.

   Al exasesor de Urbanismo Juan Antonio Roca se le condenó a cuatro años de prisión por los delitos de fraude en concurso medial con malversación, mientras que se condenó a otras seis personas, como la exmujer de Del Nido, Ángeles Carrasco, a dos años de cárcel y seis de inhabilitación, por fraude en concurso con malversación.

   En cuanto a la responsabilidad civil, Muñoz fue condenado a indemnizar con tres millones de euros al Ayuntamiento de Marbella por minutas libradas, mientras que Del Nido debía pagar al Consistorio, de forma conjunta y solidaria con el exregidor, un total de 2,7 millones de euros.

   Por contra, la Sala absolvió a siete de los acusados, como son los exediles marbellíes José Luis Fernández Garrosa, Alberto García Muñoz, Rafael González y Marisa Alcalá,, así como a Tomás Reñones y a Juan Flores. Al  exsecretario municipal Leopoldo Barrantes se le exoneró de falsedad documental, prevaricación, fraude, malversación de caudales públicos y prevaricación. Mientras que se retiró la acusación contra Antonio Calleja.

HECHOS PROBADOS

   La Audiencia Provincial declaró probado que Del Nido desde el primer momento que llegó al Ayuntamiento de Marbella "asumió el protagonismo que tenía su antecesor", en referencia al letrado José Luis Sierra, mano derecha del entonces alcalde Jesús Gil; y apunta a que "se convirtió en acompañante asiduo" de Muñoz, "respaldo continuo en sus decisiones y atento a prestarle consejo".

   Así, se detallaba en este apartado cómo empezó el proceso fiscalizador del Ayuntamiento y sus sociedades municipales por parte del Tribunal de Cuentas, que lo acordó en abril de 1999, y los trámites realizados desde el Consistorio para que Del Nido se hiciera cargo de trabajos frente a ese proceso inspector, así como las minutas emitidas y facturadas por éste.

   El Tribunal dice que "por los hechos imputados a los acusados en este procedimiento el Ayuntamiento de Marbella sufrió la pérdida de varios millones de euros en una continua desviación de caudales públicos a fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico". Se consideraron esos encargos "innecesarios", lo que "se evidencia también en la nula utilidad de la inmensa mayoría de los conceptos cobrados".

   "Desde 1999 a 2003, de una forma que puede calificarse de sistemática por su reiteración, los acusados que han resultado condenados descapitalizaron en su propio interés el Ayuntamiento de Marbella con una serie de contratos nulos", se indica en la resolución, cuyo ponente es el magistrado Carlos Prieto.

   Además, añadía que "no sólo fue inexistente en todos ellos el respeto a las más elementales normas administrativas de adjudicación de contratos públicos, sino que en la inmensa mayoría de los casos enjuiciados en este proceso los encargos que pretendían justificar los pagos eran innecesarios para los fines institucionales y con un presupuesto tan ilimitado como incierto".

   Se indicaba que "a través de múltiples indicios", el Tribunal "ha alcanzado la convicción de que las designaciones objeto de acusación tenían como principal justificación la de proporcionar excusas para el libramiento de improcedentes facturas para satisfacer el ánimo de lucro de Julián Felipe Muñoz, José María del Nido y los demás participantes de los acuerdos fraudulentos a costa de las arcas municipales".

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