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Aprueban las ordenanzas para ejecutar obras menores de forma inmediata

El objetivo es generalizar el uso de la Declaración Responsable para simplificar trámites y favorecer la actividad económica

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  • José Antonio Díaz, delegado de Urbanismo -

La Junta de Gobierno Local ha aprobado esta semana los proyectos de las dos nuevas ordenanzas reguladoras de autorizaciones municipales previas y declaraciones responsables, tanto de obras menores como de aperturas de actividades de servicios.

Tal y como avanzara hace unos días el teniente de alcaldesa de Urbanismo, Medio Ambiente e Infraestructuras, José Antonio Díaz, “la tramitación de ambas normas avanza según los plazos previstos y la previsión es llevarlas este mismo mes a pleno para su aprobación inicial”.

Con esta iniciativa, el Ayuntamiento conseguirá simplificar la tramitación de expedientes de solicitud de determinadas obras menores y aperturas de negocios, ya que ambas normas se traducirán en un uso más generalizado de la denominada declaración responsable.

Dicha declaración es un documento que permite iniciar la actividad o la obra de manera inmediata, una vez que el interesado se ha comprometido a que la actuación cumpla con los requisitos exigidos en la normativa y que dispone de la documentación exigida. El control por parte de la Administración se hace posteriormente.

Reformas exprés de viviendas o locales

En concreto, y como ha explicado José Antonio Díaz, “la Ordenanza relativa a obras menores posibilitará que determinadas obras que no requieran proyecto técnico que antes precisaban de un plazo de espera de unos díez días, se podrán ejecutar de forma inmediata, lo que constituye toda una novedad. Además, hay que subrayar que con esta ordenanza, el número de actuaciones que podrán ejecutarse mediante la declaración responsable de obras se ampliará de forma muy significativa”. Como ejemplo, reformas de viviendas o locales que antes necesitaban la licencia de reforma o adaptación, se podrán ejecutar con la presentación de la declaración responsable”.

Por su parte, la ordenanza relativa a aperturas “permitirá también ampliar de forma considerable los supuestos para poder iniciar la actividad de manera exprés”, ha señalado José Antonio Díaz. Con estas nuevas ordenanzas “hacemos posible una Administración más ágil en materia de licencias, con lo que damos respuesta a una reivindicación de muchos sectores de la sociedad, que vienen reclamando más agilidad y menos trabas burocráticas a la hora de abrir un determinado negocio o realizar una obra menor en casa o un local, por poner un ejemplo. De esta forma, contribuimos no sólo a simplificar la burocracia, sino que favorecemos un mayor dinamismo de la actividad económica en la ciudad”.

Cambios legislativos

Cabe recordar que el texto de las nuevas ordenanzas se ha adaptado a los cambios legislativos que se han ido produciendo a nivel autonómico y estatal, que tienden cada vez más a adoptar medidas más flexibles para la ejecución de determinadas obras y puesta en funcionamiento de actividades concretas.

La ordenanza relativa a obras menores será de aplicación en aquellas obras en edificaciones que no necesiten de proyecto técnico conforme a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación (LOE), siempre y cuando no alteren la configuración arquitectónica o supongan cambios en  los usos característicos del edificio, incluyendo las obras de reparación o reforma que no afecten a la estructura.

 

Respecto a la ordenanza sobre apertura de actividades, algunos de los requisitos que deben de reunir las solicitudes de aperturas son: estar incluidas en el anexo de la Ley 12/2012; las que tengan una superficie útil inferior a 750 metros cuadrados; aquellos espectáculos públicos y actividades recreativas contemplados en el decreto 155/2018; todas las solicitudes que no requieran autorización o informe sectorial preceptivo, aunque sí se otorgará la licencia si se acompaña de los citados informes.

 

 

 

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