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Jerez

Abre el plazo para optar a las 350 plazas de auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el próximo lunes, día 21 de noviembre, y permanecerá abierto hasta el viernes, 2 de diciembre

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  • El Ayuntamiento de Jerez. -

El Ayuntamiento de Jerez ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Provincia el anuncio de la convocatoria del proceso selectivo para la selección de 350 plazas personal Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio.  El plazo de presentación de solicitudes se inicia el próximo lunes, día 21 de noviembre, y permanecerá abierto hasta el viernes, 2 de diciembre, ambos días incluidos.

Como ya señalara la alcaldesa, Mamen Sánchez, “con esta convocatoria -cuyas bases fueron aprobadas este mes por el Consejo de Administración de Comujesa- este Gobierno sigue apostando por mejorar la calidad en la prestación de un servicio esencial en la sociedad de hoy en día, consiguiendo un importante incremento de la plantilla, que va a pasar de 647 empleadas a alrededor de 1.000, una vez que finalice este proceso de selección de plazas, que serán cubiertas por el procedimiento de concurso-oposición, por lo que cualquier persona que cumpla los requisitos podrá presentarse a la presente convocatoria, dentro de los días establecidos.

Cabe recordar que esta oferta de empleo se compone de 100 plazas de auxiliar de ayuda a domicilio a una jornada mínima de 30 horas semanales; de otras 250 plazas de auxiliar, bajo la modalidad de fijos discontinuos, al objeto de adaptar las modalidades de contratación a la reciente reforma laboral, y con las que se atenderán las sustituciones por las contrataciones por vacaciones asuntos propios y horas de libre disposición; más todas aquellas vacantes en plantilla que se hayan producido a la fecha de la celebración del primer examen, por jubilación a declaración de incapacidad sobrevenida de sus titulares.

Requisitos de los aspirantes a la oferta de empleo

Según consta en las bases reguladoras de la convocatoria, los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación ordinaria.
  • Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas del puesto. No padecer enfermedad ni estar afectados por limitaciones físicas o psíquicas, que sean incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.
  • No hallarse incurso en causa de incompatibilidad de las previstas legalmente
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones en el sector público.
  • Estar en posesión de titulación oficial y certificado habilitante de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, Auxiliar de Enfermería, Auxiliar de Geriatría, Certificado profesionalidad equivalente o certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
  • Contar con disponibilidad horaria en jornada de mañana y tarde, de lunes a domingos, durante los doce meses del año, incluido festivos; excepcionalmente podrán requerirse horas nocturnas y de desplazamiento en el término municipal de Jerez.
  • Contar con disponibilidad para realizar cursos de formación que facilite y determine la dirección técnica de la empresa, como indispensables para el desarrollo de las funciones del puesto.

Asimismo, en las bases se especifica que “no será necesaria la previa inscripción en las oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de contratación” .

Presentación de solicitudes y documentación, tasas y plazos

En relación a estos aspectos, las bases detallan que las personas interesadas en participar en la convocatoria deberán cumplimentar el modelo de solicitud y la declaración jurada que figura en uno de los anexos de estas bases (concretamente el anexo V) que también estará disponible en la página web de esta empresa: http://www.comujesa.es.

La citada solicitud deberá presentarse debidamente cumplimentada y firmada, acompañada de la documentación exigida en las bases, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio y durante diez días laborables, es decir, entre el 21 de noviembre y el 2 de diciembre.

La presentación de las solicitudes deberá hacerse de forma presencial, de lunes a viernes, en las instalaciones de COMUJESA, situadas en la estación de autobuses de Jerez, 2ª planta en Plaza de la Estación de Ferrocarril s/n. C.P. 11401, en horario de 16:00 a 20:00, o bien, mediante correo certificado.

Documentación que debe acompañar a la solicitud

Asimismo, junto con la solicitud será obligatorio presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia documento nacional de identidad.
  • Resguardo acreditativo de haber ingresado la tasa para el acceso a las pruebas, o en caso de solicitar la exención de la tasa, escrito de solicitud de exención, con indicación de la circunstancia y adjuntando la documentación acreditativa.
  • En caso de discapacidad, copia del Certificado acreditativo de discapacidad igual o superior al 33%.
  • El importe de la tasa para el acceso a las pruebas, conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Expedición de Documentos Administrativos se ingresará en la cuenta de CaixaBank (Ver Anexo VI “Instrucciones de Pago”).
  • El importe de la tasa para las plazas es de 11,75 euros para la categoría de Auxiliar de Ayuda a domicilio.

Casos de exención del pago de las tasas:

Del contenido de las bases, cabe también destacar los casos en que las personas aspirantes a estas plazas estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán justificarse mediante la presentación de certificación al efecto emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal.

c) Las familias numerosas tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la
categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme
o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse la documentación justificativa de la exención o reducción.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Información sobre la convocatoria y las bases:

https://www.comujesa.es/convocatorias-promociones-y-ofertas

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