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Jerez

El 4,93% de las empresas jerezanas aún tiene a trabajadores en ERTE

Al inicio de la crisis del Covid, estos expedientes llegaron a afectar al 22,96% de las sociedades

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  • Una imagen del Parque Empresarial. -

El 4,93 por ciento de las unidades legales empleadoras de Jerez tiene al menos a uno de sus trabajadores sometido a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), según los datos divulgados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en un informe experimental sobre coyuntura económica de empresas.

Esta estadística nace de la necesidad de información de mayor frecuencia, especialmente durante la crisis generada del Covid-19, sobre los fenómenos de creación, supervivencia, reactivaciones y destrucción de empresas, así como su caracterización mediante variables de clasificación, especialmente las vinculadas a los ERTE.

De ahí que la serie histórica arranque precisamente en el primer trimestre de 2020, coincidiendo con el inicio de la pandemia y de las restricciones sanitarias que motivaron el cese de la mayor parte de las actividades económicas.


Al cierre de ese primer trimestre, el 22,96 por ciento de las empresas jerezanas tenía al menos a un trabajador sometido a ERTE, un volumen que descendió notablemente a final de junio (13,39), pero que se mantuvo en esos parámetros tanto a final de septiembre (12,92) como en de diciembre (12,06) y enero de 2021 (11,29).

En el segundo trimestre de 2021 el volumen de empresas en ERTE es ya únicamente del 3,57 por ciento; pero al cierre del ejercicio se aprecia un nuevo incremento (4,88) que no se logró frenar entre los meses de enero y marzo de este año (4,93).

La estadística también advierte de cierta desaceleración en el crecimiento de las actividades económicas, ya que la tasa del primer trimestre de 2022 es del 0,29 por ciento, cuando en los tres meses anteriores había sido del 0,64 y en el verano de 2021 fue del 0,81.

A este respecto, debe tenerse en cuenta que se consideran altas a las unidades legales que no tenían empleo al comienzo del trimestre, han contratado trabajadores y siguen con empleo al final del trimestre.

De forma análoga, se consideran bajas a unidades legales con empleo al comienzo del trimestre, pero que lo han perdido a lo largo del mismo.

Por tanto, los sucesos de alta y baja no significan que necesariamente la unidad legal se haya constituido, disuelto o haya estado involucrada en algún proceso implicando una redistribución de factores de producción, ya que lo que determina esta clasificación es el factor empleo. 

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