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España

Robles pide al CGPJ que anule el acuerdo por el que perdió plaza en TS

La diputada electa afirma que no se le dio opción de alegar y ello le causó indefensión

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  • Robles. -

La diputada electa por el PSOE y magistrada Margarita Robles ha interpuesto un recurso de reposición ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que la Comisión Permanente de este órgano anule la decisión por la que el pasado 19 de mayo acordó que la excedencia que ella había solicitado para presentarse a las elecciones tuviera como consecuencia la pérdida de su condición de juez del Tribunal Supremo.

Robles, quien concurrió como numero 2 de las listas del PSOE por Madrid y calificó en su momento esta decisión de "venganza personal" del presidente del órgano de gobierno de los jueces, Carlos Lemes, por lo que en su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, pide que a éste que valore su abstención para resolver este asunto.

A este respecto, el recurso señala expresamente que ya que el voto de Lesmes fue decisivo para la adopción del acuerdo que se dictó contra ella, éste debe valorar "su posible abstención para resolver este recurso por si pudiera entenderse afectada la apariencia de imparcialidad".

En su reunión del pasado 19 de mayo, la Comisión Permanente del CGPJ acordó declarar a la magistrada Margarita Robles en la situación administrativa de excedencia voluntaria, tal y como ella había solicitado para poder presentarse a las elecciones, si bien celebró una segunda votación sobre los efectos de esta excedencia que concluyó con la pérdida de su condición de magistrada en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Según alega Robles en su escrito, esta decisión "cuando aún no había sido elegida como diputada ni aún celebrado las elecciones generales" , omitió todo trámite de audiencia, lo que le privó de la posibilidad de realizar cualquier consideración sobre la adecuada interpretación del artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que se aplicó a su caso.

Añade que ello le generó "una absoluta indefensión real, material y efectiva con vulneración de los Artículos 24.2 y 105.c) de la Constitución, 84 de la Ley 30/1992 y 41.2 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea."

REINGRESO EN SU PLAZA

Dice además que la única petición que ella formuló era la declaración de excedencia voluntaria a los efectos de concurrrir como candidata al Congreso al amparo de un artículo de la LOPJ; el 356, que no deja lugar a duda sobre el carácter de dicha excedencia voluntaria en cuanto temporal y subordinada y condicionada al hecho de resultar elegida para el cargo representativo de que se trate".

Ello quiere decir que en el caso de que el solicitante no resulte elegido, podría en el plazo de treinta días optar por continuar en la situación de excedencia voluntaria o reingresar al servicio activo en la misma plaza que se venía desempeñando al momento de formalizar la petición.

"Se me ha privado, en línea con cuanto señala el Tribunal Constitucional, del derecho de defensa, con perjuicio real y efectivo imponiéndome la pérdida de la condición de Magistrada del Tribunal Supremo, sin haber podido hacer ninguna alegación al respecto, ignorando los informes técnicos que en su caso hayan sido tenidos en cuenta para dictar la resolución que se dictó, si es que hubo tales informes, así como también desconociendo las consideraciones jurídicas que llevaron a la Comisión Permanente del CGPJ a pronunciarse extemporáneamente al respecto", concluye en su recurso.

El acuerdo para quitar la plaza a Robles fue votado por el el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes, y los vocales Mar Cabrejas, Nuria Díaz y Gerardo Martínez Tristán; y en contra los vocales Álvaro Cuesta, Rafael Mozo y Pilar Sepúlveda.

A efectos prácticos, Robles perdió la plaza que ostentaba en la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal y de volver al Tribunal Supremo no está muy claro qué lugar debería ocupar. En todo caso, este asunto le corresponderá resolverlo a un próximo CGPJ con unos miembros diferentes a los actuales, según explicaron en su día fuentes del Consejo.

Al adoptar su decisión, el CGPJ apreció un conflicto entre lo que dice el artículo 357 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que "cuando un magistrado del Tribunal Supremo solicitara la excedencia voluntaria y le fuere concedida, perderá su condición de tal", y lo señalado en el mismo sentido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que le aseguraría, por su condición de juez, "reserva de plaza y de destino".

Ante este conflicto y la ausencia de antecedentes -Robles es la primera integrante del Supremo que pide una excedencia para presentarse a unas elecciones- que ha sido señalado por Cuesta durante el debate de este asunto, se optó por entender que prevalece la LOPJ y que los magistrados del Tribunal Supremo lo son "en ejercicio efectivo", por lo que pierden tal condición cuando dejan de cumplir con su labor jurisdiccional.

Robles, que se presentó como número 2 del PSOE por Madrid, pertenecía hasta finales de mayo a la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo en el Tribunal Supremo, plaza que posee desde 2004. Entre 2008 y 2013 fue vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a propuesta del PSOE y es miembro de la asociación Jueces para la Democracia.
En 1993 fue nombrada subsecretaria de Justicia y entre 1994 y 1996, fue secretaria de Estado de Interior, cuando Juan Alberto Belloch se convirtió en 'superministro' de Justicia e Interior.

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