La defensa de Bretón impugna el recurso de la acusación porque los restos "no se pueden entregar"

Publicado: 18/09/2013
La defensa de José Bretón, condenado a 40 años de prisión por supuestamente asesinar a sus hijos, Ruth y José, en octubre de 2011 en Córdoba, también ha impugnado el recurso de la acusación particular
La defensa de José Bretón, condenado a 40 años de prisión por supuestamente asesinar a sus hijos, Ruth y José, en octubre de 2011 en Córdoba, también ha impugnado el recurso de la acusación particular, ejercida por la madre de los niños, Ruth Ortiz, contra la sentencia para reclamar la entrega de los restos óseos del caso, planteamiento en el que discrepa la defensa porque "no se pueden entregar por imperativo legal".

   Así lo pone de manifiesto en el escrito de impugnación, que ha presentado el lunes en la Audiencia Provincial de Córdoba, para que ahora ésta le dé traslado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), según ha informado a Europa Press el abogado defensor, José María Sánchez de Puerta, quien comenta que en su escrito reitera la posición que ha mantenido "siempre" y que está respaldada por la fiscal del caso, María de los Ángeles Rojas, y el magistrado presidente del Tribunal del Jurado que juzgó a Bretón, Pedro Vela, como es que "hasta que no haya sentencia firme" no se pueden entregar los restos, recuerda el letrado.

   En este sentido, Sánchez de Puerta, quien está a la espera de que le entreguen el escrito de impugnación de la acusación, presentado por la abogada María del Reposo Carrero, y que el TSJA convoque la vista para la exposición de los recursos, mantiene en su escrito la oposición a entregar los restos óseos porque son "prueba de cargo y convicción", de manera que "por imperativo legal hasta que no haya sentencia firme y definitiva" no se podrán entregar, ha subrayado.

   Asimismo, el abogado ya ha expresado que le parece "demasiado rocambolesco" que los restos salgan custodiados de la sede judicial para celebrar una misa en Huelva. No obstante, asegura que comprende "el dolor de la madre y en sus circunstancias, si por desgracia tuviera que haber pasado ese trance tan duro, estaría en las mismas condiciones, pero tenemos una ley que cumplir y por imperativo legal no se pueden entregar hasta una sentencia firme", recalca.

IMPUGNACIÓN DE LA FISCALÍA

   Al escrito de impugnación de la acusación y la defensa, también se unen los dos de la Fiscalía Provincial de Córdoba a sendos recursos, que por un lado, la defensa reclama que se celebre un nuevo juicio con tribunal profesional, y por otro, la acusación particular, pide la entrega de los restos óseos del caso para poder enterrarlos o celebrar una misa bajo custodia.

   La fiscal del caso presenta escritos de impugnación ante dichas peticiones tras la sentencia condenatoria a Bretón, recordando que el Ministerio Público ya pidió en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, antes del juicio, que se rechazaran todas las causas de nulidad reclamadas por la defensa en su primer recurso, que incluyen, entre otras, la impugnación de una de las pruebas periciales que acreditaron el origen humano de los restos óseos y que ahora también reitera la defensa en su nuevo recurso.

   En lo referente al enjuiciamiento del caso con jurado, al que se opuso la defensa y ahora solicita en su recurso que se repita el juicio con tribunal profesional, la fiscal mantuvo en el TSJA que se "atentaría al procedimiento de legalidad" si no se acudiera a él, porque "no existe otra opción posible". "No podemos desconfiar de cómo van a desarrollar su labor los jueces, y además existen los controles legales necesarios para valorar posteriormente su actuación", según recalcó.

   En cuanto a la entrega de los restos óseos, desde la Fiscalía siempre se ha mantenido que hasta que no haya sentencia firme sobre el caso no se podría llevar a cabo la entrega de los mismos a la familia materna, y al respecto el presidente del Tribunal del Jurado, Pedro Vela, recuerda en la sentencia a Bretón que una vez que sea firme, que aún no lo es pues va a ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por las partes y la defensa prevé acudir al Tribunal Supremo (TS), debe librarse un exhorto al Registro Civil de la capital cordobesa, "con testimonio de la presente resolución, ordenando la inscripción de la defunción de Ruth y José Bretón Ortiz, acaecida en esta ciudad el día 8 de octubre de 2011. Entregándose al tiempo a Ruth Ortiz Ramos, para su inhumación, los restos de dichos menores custodiados en este tribunal", según recoge el fallo.

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