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La aprobación definitiva de la reforma concursal aún no tiene fecha y se hará esperar

El Senado ha aprobado el pasado día 20 cuatro enmiendas a la reforma del texto refundido de la Ley concursal, por lo que tiene que volver al Congreso

Publicado: 31/07/2022 ·
22:24
· Actualizado: 31/07/2022 · 22:24
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  • Juzgados. -

El día 30 de junio, último día de la moratoria concursal, el Pleno del Congreso aprobó el Proyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal y la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para aliviar los Juzgados de lo Mercantil de las acciones colectivas de consumidores, usuarios y viajeros, que pasarán a los Juzgados de Primera Instancia, a la vez que se libera a estos de los concursos de personas físicas no empresarias, que volverán a los Juzgados Mercantiles.

El Senado ha aprobado el pasado día 20 cuatro enmiendas a la reforma del texto refundido de la Ley concursal, por lo que tiene que volver al Congreso antes de su previsible publicación en el BOE en las próximas semanas y su consiguiente entrada en vigor a los 20 días desde esa fecha.Por tanto, no se aprobará hasta la vuelta del verano cuando se teme ya un aluvión de concursos y liquidaciones. España se juega una multa de la Unión Europea pues el plazo para adaptar la directiva europea venció el 17 de julio.

Por el contrario, la Ley Orgánica del Poder Judicial se aprobó sin enmiendas, por lo que queda aprobada de manera definitiva.

Las cuatro enmiendas se tratan: sobre solicitud de nombramiento del administrador concursal en los concursos sin masa, sobre comunicación de apertura de negociaciones para microempresas, sobre régimen transitorio del nombramiento del administrador concursal en el procedimiento especial para microempresas, y relativo a la retribución del experto de la reestructuración.

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