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Almería

La CE archiva la queja de ecologistas para que declarase inviable el hotel en Cabo de Gata avalado por el TS

Ambos colectivos elevaron la queja comunitaria después de que el Tribunal Supremo (TS) avalase en una sentencia de mayo de 2010 la licencia municipal de obras concedida por el Ayuntamiento de Níjar en 2001

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  • EL ALGARROBICO -

La Comisión Europea (CE) ha resuelto archivar la queja presentada por Asociación Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y Grupo Ecologista Mediterráneo (GEM) para que declarase "inviable" la construcción de un hotel en el paraje Campo de Gata, en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería) al considerar que los procesos judiciales en curso ante los tribunales españoles "no permiten la ejecución del proyecto a la espera de evaluación ambiental".

   Ambos colectivos elevaron la queja comunitaria después de que el Tribunal Supremo (TS) avalase en una sentencia de mayo de 2010 la licencia municipal de obras concedida por el Ayuntamiento de Níjar en 2001 y en esta le instaban a realizar "requerimientos a España" para que urgiese a Ayuntamiento de Níjar y Junta de Andalucía "a oponerse a la ejecución de las resoluciones judiciales que dan la razón la empresa promotora del hotel".

   En su respuesta, consultada por Europa Press, la Dirección General de Medio Ambiente de la CE destaca que la Junta solicitó en su día a la promotora del proyecto para que "con carácter previo al desarrollo del mismo" presentase un estudio ambiental "a los efectos previstos en la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental".

   Argumenta, en esta línea, que la paralización cautelar de las obras decretada en su día por la Junta a la espera de dicho estudio ambiental no se ha levantado ni las obras se han retomado y que tampoco el orden jurisdiccional ha dictado resolución firme al respecto y sobre la efectividad del derecho adquirido por la promotora a edificar, por lo que resuelve que no procede continuar con la instrucción de expediente.

   La CE no entra, sin embargo, en el fondo de la queja que sostenía que el proyecto pone en peligro la "integridad del espacio protegido" y "vulnera la normativa comunitaria relativa a la conservación de hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres" además de no contar "con los parámetros ambientales exigidos para la adecuada conservación de los valores protegidos en la Red Natura 2000".

   Indicaba, además, que carecía de un estudio ambiental exigido la normativa comunitaria para las instalaciones de turismo en espacios no urbanos". "Consideramos que la Comisión Europea puede manifestar su preocupación al Estado español como administración responsable en la adecuada aplicación del derecho comunitario en el territorio nacional, en este caso, por un proyecto de uso turístico que alteraría de forma

   El Tribunal Supremo (TS) archivó en mayo de 2010 el procedimiento incoado tras la demanda de la Junta después de que ésta desistiese de continuar con el recurso de casación interpuesto contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ya desestimó en 2009 otro recurso de la Administración en el mismo sentido por "defectos formales" en la argumentación. Se ratificaba, de este modo, la validez del permiso.

   La orden de paralización de los trabajos dictada por la Consejería de Medio Ambiente cuando empezaron los desmontes en el paraje ha derivado en un procedimiento judicial contra el exviceconsejero de Medio Ambiente Juan Jesús Jiménez y el exsecretario general de la Delegación Provincial, Augusto Ignacio Segura, quienes se enfrentan a penas de siete y de diez años de inhabilitación respectivamente. El Ministerio Público no ha ejercido acusación, que sí ha formulado la mercantil 'Círculo Agroambiental'.

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