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Sevilla

La Seguridad Social, condenada a dar incapacidad a una tendera de 64 años con fibromialgia

Una jueza de Sevilla ha concedido la incapacidad permanente absoluta a la empleada de una tienda de comestibles. La Seguridad Social se la había denegado

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  • Seguridad Social. -

Una jueza de Sevilla ha concedido la incapacidad permanente absoluta a la empleada de una tienda de comestibles de 64 años que sufre fibromialgia, en contra de la opinión de la Seguridad Social, que le denegó esa condición al considerar que podía trabajar a pesar de la enfermedad.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Juzgado de lo Social número 4 de Sevilla estima la demanda de la trabajadora, que además de la fibromialgia padece poliartrosis en las manos, los pies y la columna, así como un síndrome ansioso-depresivo, un "conjunto de patologías" que justifica la decisión de la magistrada.

"No puede desempeñar labores que impliquen relación social y todo trabajo, por nimio que sea, implica una mínima relación, bien con clientes, proveedores y/o jefes o encargados", dice la jueza.

La demandante, que ha sido defendida por el abogado Antonio Silva, tampoco puede participar en la "adopción de decisiones, por livianas que sean".

La magistrada se remite al informe médico para sentenciar que la trabajadora, como consecuencia de esa enfermedad caracterizada por un dolor muscular intenso por todo el cuerpo, está "incapacitada" para efectuar cualquiera de esas actividades, "especialmente teniendo en cuenta las exigencias del actual mercado laboral".

La mujer sufre limitaciones "orgánicas o funcionales" en el aparato locomotor, con dolores "en cualquier punto", de acuerdo con el médico que emitió el informe oficial, que también hizo constar que hubo "llanto en consulta" e "insomnio", por lo que consideró que estaba "limitada para tareas de relación con público, toma de decisiones, moderados esfuerzos y carga".

La sentencia, fechada el 23 de marzo, condena al Instituto Nacional y la Tesorería de la Seguridad Social a declarar a la trabajadora en situación de incapacidad permanente absoluta y a abonarle "la correspondiente prestación".

También absuelve al Servicio Andaluz de Salud (SAS) porque "ninguna responsabilidad tiene en el reconocimiento y gestión" de esas prestaciones.

La demandante se dio de baja el 11 de mayo de 2016 y regresó al trabajo el 11 de febrero de 2017, pero impugnó el alta y el Juzgado de lo Social número 8, en una sentencia dictada el 6 de marzo de 2018, estimó esa primera demanda.

De este modo, el juez anuló el alta médica y mantuvo la situación de la trabajadora en incapacidad temporal.

La mujer, ya con más de 60 años, reclamó la incapacidad absoluta, pero la Seguridad Social se la denegó "por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente", según una resolución del 10 de abril de 2018.

La decisión del Juzgado de lo Social número 4, que no es firme y admite recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), pone fin a "casi cinco años de calvario", según Silva, quien lamenta que su cliente "no sólo veía que sus dolencias no remitían, sino que además no se le reconocía dicha situación de cara a la prestación", lo que resultó "muy frustrante". 

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