El alcalde de La Línea, Juan Franco, ha firmado un bando municipal relativo a las hogueras de San Juan. Una de las novedades es la obligatoriedad de solicitar la instalación de una hoguera a través del Registro General del ayuntamiento antes del 14 de junio, aportando DNI del organizador, plano de localización de la hoguera y adopción de medidas para su correcta y total extinción con sistema de riego o depósito de agua.
Los organizadores deberán responsabilizarse de la extinción del fuego, así como de dejar todo en las mismas condiciones en las que estaba previamente y responderán de los posibles daños causados a bienes, personas y mobiliario, incluidos los de carácter público.
Asimismo, los organizadores podrán solicitar a la delegación de Festejos colaboración para cumplir con los requisitos del bando y para crear la decoración y ornato que componga la hoguera.
El lugar autorizado para colocarlas será únicamente la playa de Levante, debiendo guardar entre unas y otras una distancia de seguridad de al menos 200 metros y de 100 metros respecto de edificaciones, chiringuitos, líneas aéreas de servicios, mobiliario urbano y vehículos. La ubicación de la hoguera deberá coincidir con el lugar especificado en el plano autorizado, quedando prohibido encender el fuego fuera de este espacio. En cuanto a las dimensiones, las hogueras no podrán exceder 3 metros de altura.
El horario para prenderlas deberá estar comprendido entre las 21.00 horas del 23 de junio y la 01.00 del día 24.
Los materiales combustibles serán exclusivamente sólidos, en concreto: maderas, enseres o similares, quedando prohibidos: neumáticos, gomaespumas, plásticos, bombonas de gas, aceites, botes de aerosoles de cualquier clase, o cualquier otro material susceptible de explosión o emisión de humos, gases tóxicos o que supongan una potencial propagación del fuego.
La Policía Local, Protección Civil, Bomberos y la delegación de Playas vigilarán el cumplimiento de los preceptos establecidos, levantando acta en caso de infracción para la incoación del correspondiente procedimiento sancionador. También tendrán potestad para suspender la actividad por circunstancias meteorológica o por motivos de seguridad.