El tiempo en: Torremolinos
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

Consideran nula la licencia para remodelar el Palacio de Doñana

El Consejo Consultivo ha dictaminado a favor de la nulidad del acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Almonte

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Palacio de Doñana -

El Consejo Consultivo ha dictaminado a favor de la nulidad del acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Almonte (Huelva), de julio de 2015, por el que se concedió licencia de obra al Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) para remodelar el Palacio de Doñana.

En un dictamen al que ha tenido acceso Efe, el Consultivo responde al procedimiento tramitado por el Consistorio el pasado mes de junio al objeto de que este órgano determinara la idoneidad o no de la licencia para las obras en el Palacio de Doñana, edificio propiedad del Estado, con protección municipal y enclavado en el corazón de Doñana.

Expone el Consultivo que la singularidad de la obra estriba en que afecta a un edificio ubicado en el Parque Nacional, que tiene sus usos descritos en el Plan Rector de Uso y Gestión del parque.

Desde la perspectiva urbanística, se precisa que no existe ningún tipo de protección de dicho Palacio recogido en la normativa autonómica o estatal relativa al patrimonio histórico y solamente consta el nivel de protección que le otorga el Catálogo de Bienes y Espacios Naturales que forma parte del PGOU de Almonte, que le confiere nivel de intervención grado 1.

Este grado autoriza solamente obras de conservación y mantenimiento.

El Consultivo considera que las actuaciones recogidas en el proyecto, para las que se otorgó licencia, que conllevan demoliciones, reformas y sustitución de elementos e instalaciones preexistentes, "no se encaminan exclusivamente a la conservación y mantenimiento de lo ya edificado".

Siendo consciente este órgano de la necesidad de la obra realizada, y de la modernización que, en aras de una mejor actividad científica propia del lugar donde se asienta el edificio y de su genuino destino investigador, señala que para su ejecución hubiera sido necesario una modificación previa del PGOU orientada a la alteración del catalogo y del nivel de intervención del Palacio de Doñana.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN