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Sevilla

Condena de 4 meses por la agresión a una enfermera en Écija

Satse valora el fallo por su carácter "disuasorio" ante posibles riesgos penales de agredir a un sanitario en el ejercicio de su labor

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  • Concentración por la agresión -

Cuatro meses de prisión, 20 días de multa a razón de una cuota diaria de cinco euros y 520 euros de indemnización es la condena para dos usuarias que el pasado 18 de junio agredieron a una enfermera en el Hospital de Alta Resolución de Écija (Sevilla), según la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 2 de la localidad sevillana.

En concreto, según informa en un comunicado el Sindicato de Enfermería (Satse) de Sevilla, que se ha personado con dos delegadas presentes en el juicio en apoyo a la profesional agredida, el suceso tuvo lugar en el acceso a la sala de espera de urgencias donde intentó mediar en una discusión entre las usuarias y un vigilante de seguridad del centro.

Tal y como relata la sentencia, la enfermera, que se encontraba prestando su servicio en el Hospital, "se dirigió a las usuarias para mediar en el incidente y que abandonasen la sala de espera, llamamiento al que hicieron caso omiso, procediendo además una de las encausadas a sujetar el brazo de la profesional mientras la otra le propinaba un mordisco en la mano derecha, logrando liberarse por la intervención de otra enfermera".

Así, el Sindicato de Enfermería recalca que la juez considera probado que los hechos "son constitutivos de un delito de atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de un delito de lesiones leves, recogidos en los artículos 550 y 147 del Código Penal respectivamente".

Por ello, "se condena a ambas usuarias por el delito de atentado a una pena de cuatro meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a una pena de 20 días de multa, a razón de una cuota diaria de cinco euros, por el delito de lesiones leves". Igualmente, se condena "a indemnizar a la profesional agredida con la cantidad de 520 euros por las lesiones causadas".

SENTENCIA "DISUASORIA"

Para el Sindicato de Enfermería el fallo es positivo por el carácter "disuasorio" para los usuarios ante los posibles riesgos penales que puedan conllevar la agresión a un profesional sanitario en el ejercicio de su labor asistencial y, paralelamente, para concienciar a los ciudadanos sobre este "grave" problema que requiere, para su erradicación, la colaboración y apoyo de todos.

Según recuerda Satse, con la entrada en vigor hace ahora un año de la reforma del Código Penal por la que se incorpora a los funcionarios sanitarios como sujetos pasivos de delito de atentado, "se dio un paso importante en la buena dirección, pues al dejar las agresiones de ser consideradas faltas y pasar a ser delitos, se sensibiliza a los usuarios sobre la gravedad de la acción por la consecuencias que implica, propiciando un clima de respeto y confianza absolutamente necesario para el desarrollo de una relación terapéutica eficaz", añade.

No obstante, el Sindicato de Enfermería recalca que "esta modificación normativa contempla las agresiones físicas o el oponer resistencia e intimidar de manera grave o violenta, pero no atiende otras conductas, también lesivas y muy habituales en el ámbito sanitario, como las injurias, las amenazas o las coacciones". Por ello, la organización sindical entiende "necesaria una normativa específica que proteja a los profesionales sanitarios de este tipo de conductas sin que sea necesario acudir al ordenamiento penal o esperar a que se consuma una agresión grave".

Por último, el sindicato recuerda a los profesionales sanitarios la importancia de denunciar cualquier tipo de agresión que puedan sufrir, ya que es el mejor instrumento para disuadir a los posibles agresores. Y, una vez denunciado, "es imprescindible seguir los pasos que vienen recogidos en el Plan de prevención y atención de agresiones para los profesionales del sistema sanitario público de Andalucía", concluye.

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