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Huelva

Condena de dos años de prisión y multa de 5.500 euros por golpear e insultar con tinte homófobo

El tribunal considera probado que entre las 21,00 y las 22,00 horas del día 1 de marzo de 2014 cuando este joven participaba disfrazado en el pasacalles del carnaval de Cartaya "fue reiteradamente molestado" por un grupo de personas

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a dos años de prisión a dos vecinos de Cartaya por un delito de lesiones, con el agravante de abuso de superioridad y de obrar por motivos que obedecen a la discriminación de la identidad u orientación sexual de la víctima, después de que insultaran en "un contexto homofóbico" y golpearan a un joven de la localidad en la celebración de los carnavales.

   Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, también los condena al pago de una indemnización de 5.495 euros a la víctima.

   El tribunal considera probado que entre las 21,00 y las 22,00 horas del día 1 de marzo de 2014 cuando este joven participaba disfrazado en el pasacalles del carnaval de Cartaya "fue reiteradamente molestado" por un grupo de personas, entre las que se encontraban los dos condenados, increpándole con insultos homofóbicos y tirándole de la capucha del disfraz.

   Posteriormente, cuando éste se encontraba con unos amigos en una plaza de Cartaya, los componentes del citado grupo, que se hallaban a escasa distancia, la emprendieron a golpes con él comenzando por uno de ellos que le propinó un bofetón, acción que fue continuada por el resto, propinándole golpes y patadas en el rostro y en la cabeza.

   A consecuencia de esta agresión, la víctima sufrió varias lesiones en las citadas zonas, precisando 21 días de curación, quedando con unas secuelas físicas tras la perdida de pieza dental y un perjuicio estético.

   Durante el juicio los condenados negaron los hechos y aseguraron que intervinieron en la pelea para paralizarla, sin embargo la víctima asegura que le insultaron y le pegaron, aunque sin poder decir quien le pegó, versión que fue ratificada por dos testigos.

   En la sentencia, el juez señala que este testimonio sirve para "centrar los hechos en un contexto de homofobia", puesto que las relaciones entre los intervinientes previas a este episodio eran inexistentes, por lo que considera que únicamente "movía a estas personas una actitud de desprecio por su condición sexual y un ánimo mantenido de humillarle por ello, que culminó con la agresión física".

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