La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel a un albañil por defraudar 885.884 euros a la Agencia Tributaria al no declarar sus verdaderos ingresos en los años 2002 y 2003.
Una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, dice que el acusado obtuvo en esos dos años "cuantiosos ingresos por subcontrata con grandes empresas constructoras y realización de obras de albañilería por cuenta propia".
Grandes empresas como Corsan, Selma, Cartuja Inmobiliaria o Constructora San José le pagaron 3.860.035 euros en 2002 y 2.655.377 euros en 2003, pero de las liquidaciones practicadas por el acusado se deduce que dejó de ingresar en la Hacienda pública 526.213 euros en el primero de los ejercicios y 359.671 en el segundo.
El albañil fue absuelto en el juzgado penal 9 de Sevilla, que se basó en que la Agencia Tributaria no había efectuado correctamente la liquidación del IVA, pero la Audiencia entiende que la llamada "liquidación provisional" aportada a las actuaciones no es el acta de inspección que prevé el reglamento tributario, sino que solo tenía la finalidad de "informar de una infracción tributaria superior a 120.000 euros".
La sentencia penal "incurre en evidente error en la aplicación de las normas de naturaleza administrativa-tributaria", dice la Audiencia, que por ello atiende el recurso de la Fiscalía y del Abogado del Estado e impone al albañil una condena de un año de cárcel por cada uno de los dos delitos fiscales.
La Audiencia rechaza el argumento del acusado de que los verdaderos dueños de la empresa eran otros dos socios y dice que "no se entiende que una persona firme lo que le pongan por delante a sabiendas de la responsabilidad que sobre él recae", que "no se puede ser administrador único sin conocimiento y casi obligado" y que "no es razonable que si la Hacienda Púbica encuentra problemas en las cuentas de la sociedad que administra, no se persone ante el organismo para dar explicaciones".
Tampoco es comprensible, según la sentencia, que "una sociedad que gestiona un montante tan importante de capital deje la contabilidad y las facturas en manos de una secretaria, como afirma la defensa".
Por otra parte, los jueces creen que la evasión fiscal juzgada "no es un mero incumplimiento de deberes tributarios, sino que se ha pretendido ocultar una realidad tributariamente relevante con ánimo de defraudar a la Hacienda Pública" y "con dolo y fraude".
Por ello, junto a los dos años de cárcel el albañil es condenado a sendas multas de 526.213 y 359.671 euros, junto a la devolución a Hacienda de 885.884 euros.