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Rota

Ecologistas en Acción recuerda cómo debemos actuar al encontrarnos un camaleón

La asociación valora de forma positiva la Campaña de Protección del Camaleón en el municipio 2022 en la que colabora Ecologistas y el Ayuntamiento

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El camaleón se encuentra en estas fechas estivales en un momento clave para su reproducción, los meses de eclosión de las crías y la época de puestas. Es por ello que la asociación Ecologistas en Acción de Rota y la Delegación de Transición Ecológica del Ayuntamiento siguen colaborando en la campaña de protección del Camaleón Común. En un comunicado, Ecologistas, ha agradecido a los ciudadanos la implicación por su parte para preservar la protección de esta especie y vuelven a recordar cómo debemos actuar cuando nos encontramos con alguno de estos animales que habitan en el entorno pinar.

  • Guardar las distancias cuando se observa un camaleón en su hábitat 
  • Evitar las capturas y molestias innecesarias
  • Sólo cuando está en peligro o fuera de su hábitat está justificada su captura, poniéndolo en conocimiento de las autoridades competentes

El camaleón Común ha sufrido en los últimos veinte años, un fuerte retroceso en sus poblaciones en todo el término municipal de Rota debido sobre todo al proceso urbanístico, deterioro y aislamiento de las zonas de hábitat, y la falta de medidas de protección de las autoridades competentes, aseguran desde Ecologistas, quienes apuntan que, en el pinar se han detectado pérdidas de población de más del 50 por ciento y también se han detectado pérdidas especialmente en toda la franja costera, y algunos parques donde solíamos detectar su presencia, a pesar de que el ayuntamiento de Rota dispone de una Ordenanza y un Bando de Protección del Camaleón Común. 

Ecologistas en Acción de Rota llaman a la ciudadanía a que, si observan que se están causando molestias o capturas de esta especie, que lo pongan en conocimiento de la Policía Local (092), recordándoles que con la aplicación de estas prácticas, se está incumpliendo la Ley 4/89 de Conservación de los Espacios naturales y de la Flora y Fauna Silvestre, la ley Andaluza 8/2003 de flora y Fauna silvestre que establece en su artículo 7.2, la prohibición de dar muerte, capturar, dañar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres,  la Ley 42/2007 del patrimonio Natural y de la Biodiversidad, Titulo III, conservación in situ de la Biodiversidad Autóctona Silvestre, y la directiva 92/43 CEE, que establece estas especies incluidas en el listado de interés comunitario que requieren una protección estricta.

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