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Jaén

20 años de cárcel para un hombre que mató a su mujer en Arroyo del Ojanco

Al hombre, A.S.C., se le ha impuesto también la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, la privación de la patria potestad de la hija

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  • Tribunales. -

La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a 20 años y un día de cárcel al hombre al que un jurado popular declaró por unanimidad el pasado abril culpable de un delito de asesinato con alevosía y agravantes de parentesco y de género contra su mujer en Arroyo del Ojanco (Jaén) en 2019.

Al hombre, A.S.C., se le ha impuesto también la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, la privación de la patria potestad de la hija, menor de edad, que tenía con la víctima, y la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros a la hija y padres de la mujer, a su domicilio, lugar de trabajo, centro escolar de la menor, o lugar donde se encuentren y de comunicarse con ellos por cualquier medio.

La sentencia fija para el condenado la prohibición de entrar, permanecer o residir en Arroyo del Ojanco o localidad de residencia de estos familiares durante un tiempo superior en 10 años al de la duración de la pena de prisión impuesta, la medida de libertad vigilada, tras cumplir la pena de prisión, con participación en programas de lucha contra la violencia sobre la mujer y de actuación de perspectivas de género durante 5 años, y al pago de las costas procesales.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la hija con 100.000 euros y a los padres de la mujer con 50.000 euros a cada uno.

Según la sentencia, el acusado, natural de Senegal, de 45 años, inició una relación sentimental en 2012 con A. C. J., fruto de la cual nació en 2014 F., y contrajeron matrimonio en 2015, conviviendo en una casa de los padres de la mujer, en el Paraje “El Calar/El Lentiscar” de Arroyo del Ojanco.

Tras el nacimiento de la menor, el acusado empezó a trabajar como conductor y pasaba muchos días fuera de casa, y la mujer dejó su trabajo dedicándose a criar a su hija, comenzando un aislamiento social.

Según la sentencia, cuando el hombre estaba en el hogar, gritaba frecuentemente a su esposa, discutiendo con ella a menudo por cuestiones económicas, lo que se agravó en 2018, cuando se dio de baja en el trabajo por motivos médicos, lo que provocó que aumentaran las discusiones, desautorizándo a su esposa en la educación de la menor.

Otro de los hechos probados que recoge la resolución judicial es que el 5 de abril de 2019 por la tarde, en el domicilio familiar y ante la madre de la mujer, se produjo una fuerte discusión, en la cual el acusado gesticuló y alzó los brazos contra su esposa, quien esa noche decidió terminar la relación, comunicándoselo a una amiga.

La sentencia relata que horas más tarde, en la madrugada del 6 de abril, en dicho domicilio donde sólo estaba el acusado, la mujer y la hija, que estaba durmiendo, el hombre, con manifiesto propósito de acabar con su vida y aprovechando que su pareja se encontraba en la cama, "de forma totalmente sorpresiva e inesperada y sin dar opción alguna de posible defensa, le causó la muerte por asfixia mecánica por comprensión extrínseca del cuello".

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